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Simulador Modelo 347

Identifica clientes y proveedores que superan el umbral de 3.005,06 € anuales.

NombreNIF / CIF1T2T3T4TTotal
0,00 €
Umbral declarable:3005,06 €
Total terceros:0,00 €
Terceros declarables (> 3.005,06 EUR):0
Total declarable:0,00 €

Modelo 347 - Declaracion anual de operaciones con terceros

El Modelo 347 es una declaracion informativa anual donde se detallan las operaciones con terceros que superan el umbral de 3.005,06 EUR (con IVA incluido) en el ano natural. Se presenta en febrero (hasta el 28) y es obligatoria para todos los contribuyentes del IRPF e Impuesto sobre Sociedades, excepto los que estan en estimacion objetiva (modulos). Esta regulada por el articulo 33 del Reglamento General de las Actuaciones de Gestion e Inspeccion Tributaria (Real Decreto 1065/2007).

Quien esta obligado a presentar el Modelo 347

Estan obligados todos los autonomos y empresas que hayan realizado operaciones con un mismo tercero (cliente o proveedor) por un importe superior a 3.005,06 EUR con IVA incluido durante el ano natural. Quedan exentos los contribuyentes en estimacion objetiva, las personas fisicas que no desarrollen actividades economicas, y quienes realicen actividades sujetas al regimen simplificado del IVA. Tambien existen limites para operaciones de arrendamiento urbano (umbral de 300,51 EUR para la clave C) y subvenciones publicas (clave E, sin limite).

Desglose trimestral obligatorio

El Modelo 347 exige indicar los importes por trimestre para cada tercero declarado. Este desglose trimestral permite a Hacienda cruzar informacion con las declaraciones trimestrales de IVA (Modelo 303) de ambas partes. Es fundamental que los importes que declares coincidan con los que tu cliente o proveedor declare por ti, ya que las discrepancias pueden generar requerimientos de informacion. Los importes se declaran con IVA incluido, sumando todas las facturas del periodo con el mismo tercero.

Sanciones por incumplimiento

No presentar el Modelo 347 o presentarlo fuera de plazo conlleva sanciones que van desde 300 EUR hasta el 1% del importe total de las operaciones no declaradas, con un minimo de 600 EUR. Si se presentan datos inexactos, la sancion puede ser del 1% de las cantidades no declaradas o declaradas incorrectamente. Ademas, la no presentacion puede dificultar la justificacion de gastos ante una inspeccion de Hacienda, ya que la administracion dispone de los datos de tus clientes y proveedores a traves de sus propias declaraciones.

Preguntas frecuentes

Cuando es obligatorio presentar el Modelo 347?

El Modelo 347 conlleva algun pago?

Que pasa si no presento el Modelo 347?

Debo incluir las operaciones con IVA o sin IVA en el Modelo 347?

Fiscalidad

Calculadoras fiscales españolas: IVA (todos los tipos), IRPF por tramos, IGIC canario, IPSI de Ceuta y Melilla, recargo de equivalencia, retenciones, cuota de autónomos 2026 por ingresos reales y simuladores de los modelos trimestrales 130, 303, 347 y 349.

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