El 30 de septiembre de 2026 termina el plazo para solicitar la devolución del IVA soportado en otros países de la Unión Europea durante 2025. Se pide con el Modelo 360, y es una de esas gestiones que pasan desapercibidas hasta que ya no se pueden hacer.
Afecta más de lo que parece: ferias y congresos, maquinaria comprada a un proveedor alemán, alojamiento y desplazamientos de trabajo, software contratado con factura francesa, o servicios de un colaborador con el que operas desde Portugal.
Qué puedes recuperar con el Modelo 360
El Modelo 360 sirve para pedir la devolución del IVA que te han repercutido en compras de bienes y servicios recibidos en otros Estados miembros de la UE durante el año anterior, y también del IVA soportado en importaciones dentro de la UE en ciertos supuestos.
La lógica es sencilla: ese IVA no lo ingresas en tu 303 español, porque se lo pagas a la Hacienda de otro país. Para recuperarlo no vale deducírselo a la AEAT: hay que pedírselo al país de origen, y el 360 es el cauce para hacerlo sin tener que abrir un procedimiento en cada territorio.
Dos matices que conviene tener claros:
- No es lo mismo que el Modelo 349. El 349 informa de operaciones intracomunitarias, pero no devuelve nada. El 360 sí es una solicitud de devolución.
- El IVA soportado en España se recupera por otra vía: en el modelo 303 del cuarto trimestre, cuyo plazo va del 1 al 30 de enero de 2027. Si mezclas operaciones nacionales e intracomunitarias, son dos calendarios distintos.
Qué necesitas tener preparado
La solicitud se presenta por vía telemática a través de la sede de la AEAT, que después la remite al Estado miembro correspondiente. Esto significa certificado o Cl@ve, y también que no hay margen para improvisar documentos el último día.
Lo que te van a pedir:
- Facturas de cada operación, con el importe de la base y del IVA soportado desglosados.
- Datos del proveedor: identificación y país.
- Importes y contraprestaciones, trimestre por trimestre.
- Datos bancarios donde recibir el ingreso, titularidad del solicitante.
Si la documentación de soporte no está localizable o los importes no cuadran con la factura, la devolución se paraliza o se deniega. Y una vez cerrado el plazo, no hay segunda oportunidad para ese ejercicio.
El error habitual: asumir que "esto no me aplica"
Muchos autónomos descartan el 360 pensando que solo es para empresas exportadoras. No hace falta facturar fuera: basta con haber gastado dentro de la UE. Una diseñadora que paga un banco de imágenes con factura irlandesa, un fontanero que compra una furgoneta con IVA alemán, o un consultor que asiste a una feria en Milán, todos tienen IVA soportado en otro país.
La pregunta útil no es "¿vendo fuera?", es "¿cuánto IVA he pagado este año a Hacienda de otro país y no he recuperado?". Si la respuesta es una cifra que justifica una tarde de gestión, conviene hacer los números antes del 30 de septiembre.
Revisa también el criterio decaído del IVA: si la factura llega a nombre de tu DNI en lugar de tu NIF, o no lleva el VAT number del proveedor, es probable que tengas que pedir una rectificativa antes de poder reclamar nada.
Otros Artículos de interés
- IVA para autónomos explicado fácil: cuándo cobras, cuándo declaras y qué suele fallar
- Datos obligatorios de una factura y errores frecuentes que conviene evitar
- Calendario fiscal básico del autónomo: qué presentar y cuándo sin volverte loco
- ViDA: calendario europeo del IVA digital para autónomos
Dónde encaja Mis Facturas
Para reclamar una devolución necesitas encontrar la factura original, el importe desglosado y los datos del proveedor sin rehacer media contabilidad. Mis Facturas guarda las facturas emitidas y recibidas con sus importes y contraprestaciones, de forma que sacar esa lista sea una consulta y no un fin de semana con carpetas.